Normativa Sanitaria

Publicado el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Categoria: Bolonia
Fuente: B.O.E. // 30.10.2007

Ministerio de Educación y Ciencia (BOE n. 260 de 30/10/2007)

Artículo 1. Objeto.
Este real decreto tiene por objeto desarrollar la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril por la que se modifica la anterior.
Asimismo este real decreto establece las directrices condiciones y el procedimiento de verificación y acreditación que deberán superar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos previamente a su inclusión en el Registro de Universidades Centros y Títulos (RUCT).

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones contenidas en este real decreto serán de aplicación a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado Máster y Doctorado impartidas por las Universidades españolas en todo el territorio nacional.

LUNES, 14 DE MARZO DE 2005

Real decreto para la estructura de las enseñanzas universitarias.

La publicación del Real Decreto 55/2005 de 21 de enero es el primer paso del gobierno para avanzar en la construcción del Espacio europeo de educación superior que se inició con la Declaración de Bolonia de 1999.

Este real decreto nace como norma clave en el desarrollo de la nueva ley universitaria que tratará de homogeneizar las titulaciones superiores en toda la Unión Europea. En la nueva norma diferencia claramente dos niveles de estudios Grado y Posgrado que a su vez se estructuran en tres ciclos.

Primer Nivel: Grado
Comprende las enseñanzas universitarias de primer ciclo y tiene como objetivo lograr la capacitación de los estudiantes para integrarse directamente en el ámbito laboral europeo.

Segundo Nivel: Posgrado
Integra el segundo ciclo dedicado a la formación avanzada enfocado a la obtención del título de Master. A su vez dentro de este segundo nivel y en un tercer ciclo se integraría el título de doctor , que se constituye como el nivel más elevado de la educación superior.

No obstante el establecimiento de nuevos títulos no supondrá merma alguna en la reconocimiento de los títulos actualmente vigentes, que serán sustituidos gradualmente con la introducción de la nueva norma común de los estados europeos.

Para ampliar información sobre está cuestión se puede consultar el texto integro en el Colegio De Enfermería durante el horario de atención habitual.

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